Este 1 de diciembre, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) implementará el uso del Complemento Carta Porte, mismo que se debe incorporar al CFDI de ingreso y traslado.

Puntos Importantes
Este 1 de diciembre, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) implementará el uso del Complemento Carta Porte, mismo que se debe incorporar al CFDI de ingreso y traslado.
El Complemento de la Carta Porte se incorpora al CFDI de tipo Traslado para:
Acreditar la legal posesión de las mercancías o servicios
Comprobar de la recepción o entrega de las cosas
Verificar el correcto traslado de las mercancías.
Brindar información sobre la procedencia y los destinos de las mercancías que se trasladan a través de los distintos medios de transporte.
Este acuerdo también señala que las condiciones de transporte por los caminos y puentes de jurisdicción federal se establecerán en las cláusulas del contrato de prestación de servicios, y formarán parte del CFDI de tipo traslado o ingreso con complemento Carta Porte.

Análisis
El 26 de octubre del presente año en su portal, el Servicio de Administración Tributario publicó el complemento a la Carta Porte, que se debe incorporar a más tardar el 1 de diciembre del 2021. La carta porte, es uno de los documentos esenciales que se genera al enviar mercancías a nivel internacional y sirve tanto como un contrato, así como un recibo. Funciona como un comprobante de traslado en el que se consta la mercancía que se transporta al representar un contrato que atribuye derechos sobre esta operación, donde se reconoce jurídica y fiscalmente la mercancía. La Carta Porte debe contener lo siguiente:
Nombre y datos del transportista de la mercancía,
Receptor de la mercancía,
Descripción de la mercancía,
Valor o precio de los productos,
Fecha del transporte y expedición,
Lugar de entrega,
Impuestos,
Información aduanera,
Indemnizaciones
Con el nuevo complemento publicado por el SAT, se añadirá a la Carta Porte nueva información que el transportista tendrá que registrar para emitir al SAT.
El complemento a la Carta Porte tiene como objetivo primordial regular la acreditación y posesión de las mercancías trasladadas por transportistas, y así mismo, comprobar la recepción y entrega de las mercancías mediante la incorporación al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para el transporte marítimo, aéreo y ferroviario. Los catálogos liberados contienen 472 claves para identificar las unidades de medida y embalaje de la carga, así como otras 28,693 claves de productos y servicios y 10,052 claves para materiales peligrosos de ingresarlos al complemento de la Carta Porte. Asimismo, el complemento señala que si el transporte de mercancías o prestación de servicios serán por caminos de jurisdicción federal, tendrá que ser establecido en las cláusulas del contrato de prestación de servicios de transporte firmado ante el cliente y el transportista, para que a raíz de eso se emita un CFDI por parte del transportista donde registre la clave del producto y así tener efectos en el portal del SAT.
Esto es lo que los transportistas, intermediarios y propietario de las mercancías deben saber:
Si bien el formulario del Complemento a la Carta Porte aún no está disponible, la información que debe incluir es: información detallada sobre el origen de la mercancía, el destino, la ruta, descripción de la mercancía y permisos de transporte si traslada su carga propia, entre otros.
A continuación les compartimos una descripción general del papel de cada actor en la implementación del Complemento a la Carta Porte.

La Solución Nexus
Las empresas que trasladan mercancías desde y hacia México deben estar preparadas para responder a esta normativa cambiante a fin de ser coordinadas y competitivas en sus operaciones. Podemos trabajar con ustedes para aprovechar:
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Capacitar a los departamentos financieros para preparar los documentos requeridos y cumplir con los requisitos.